A- de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Gilberto De Jesus Velez Vs Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Tribunal Superior Sala Civil
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
Efectuado el reparto le correspondió el asunto a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Villavicencio, quien decidió remitir el expediente a los juzgados con categoría de circuito de dicha ciudad.
Esta decisión se fundamentó en el inciso 2º, numeral 1º del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, toda vez que dentro de las entidades accionadas se encontraban algunas del sector descentralizado por servicios del orden nacional.
Realizado nuevo reparto, el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, decidió devolver el expediente al precitado Tribunal, por ser quien conoció primero la acción de tutela y tener competencia para decidirla.
Dicha cuerpo colegiado fue quien propuso el conflicto negativo de competencia.
La Corte Constitucional reiteró las normas que determinan la competencia en materia de tutela y resolvió el asunto ordenando remitir el expediente al Tribunal Superior de Villavicencio para que de forma inmediata tramite el amparo constitucional solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos proferidos el doce (12) y el diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013) por el Tribunal Superior de Villavicencio - Sala Civil Familia-, mediante los cuales se declaró incompetente para conocer de la acción de tutela presentada por el señor Gilberto de Jesús Vélez contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el Ministerio de Vivienda, la Caja de Compensación Familiar Regional del Meta, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Alcaldía de Villavicencio y la Gobernación del Meta.
- Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior de Villavicencio - Sala Civil Familia- para que, de forma inmediata, tramite la acción de tutela iniciada por el señor Gilberto de Jesús Vélez contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el Ministerio de Vivienda, la Caja de Compensación Familiar Regional del Meta, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Alcaldía de Villavicencio y la Gobernación del Meta.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.